|
Sección Técnica de Química Sanitaria
Artículos
Sobre las especialidades
sanitarias.
Enero
2004
Durante el mes de Septiembre de 2003 se han ido constituyendo las diferentes Comisiones Nacionales de las Especialidades Sanitarias para Químicos, Biólogos y Bioquímicos creadas según el Real Decreto 1163/2002. Es decir, se han constituido 5 comisiones:
-
Comisión Nacional de la Especialidad de Análisis Clínicos para Químicos, Biólogos y Bioquímicos.
-
Comisión Nacional de la Especialidad de Bioquímica Clínica para Químicos, Biólogos y Bioquímicos.
-
Comisión Nacional de la Especialidad de Microbiología y Parasitología para Químicos, Biólogos y Bioquímicos.
-
Comisión Nacional de la Especialidad de Radiofarmacia para Químicos, Biólogos y Bioquímicos.
-
Comisión Nacional de la Especialidad de Inmunología para Biólogos y Bioquímicos.
En todas ellas, salvo en la de Inmunología, participan químicos. Estos químicos han sido propuestos bien por el Ministerio de Educación y Ciencia, por el Misterio de Sanidad y Consumo, por las Sociedades Científicas o por el Consejo General de Colegios de Químicos. Los nombres de las personas propuestas por el Consejo General de Colegios de Químicos de España son:
-
Comisión Nacional de Análisis Clínicos: Juan José Álvarez Millán
-
Comisión Nacional de Bioquímica Clínica: Joan Batista Castellvi
-
Comisión Nacional de Microbiología y Parasitología: Mª Paz Sierra Malo
-
Comisión Nacional de
Radiofarmacia: Félix Mata Fuente
Las Comisiones Nacionales se crean como órganos consultivos de los Ministerios de Educación Cultura y Deporte y de Sanidad y Consumo, adscritos a la Subsecretaría de este último.
La creación de las Comisiones Nacionales citadas anteriormente se entienden sin prejuicio de las previstas en el artículo 11 del RD 2708/1982, de 15 de Octubre (para los farmacéuticos), y en el artículo 13 del RD 127/1984, de 11 de Enero (para los médicos).
La constitución de estas Comisiones es estrictamente necesaria para que siga avanzando el proceso de desarrollo del Real Decreto 1163/2002. El paso siguiente es la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la Orden Ministerial que desarrolle dicho Real Decreto, que actualmente está en fase de proyecto y cuyo título es: Orden por la que se regulan las vías transitorias de acceso a los títulos de químico, biólogo y bioquímico especialista, en desarrollo de los dispuesto en el Real Decreto 1163/2002 de 8 de noviembre.
Parece que esta Orden Ministerial se publicará esta primavera, antes de producirse el cambio de gabinete ministerial.
Esta Orden Ministerial desarrollará el acceso al Título de Especialista a través de:
La Disposición Transitoria 2ª donde se establecen las vías transitorias de acceso al título de especialista para el personal vinculado a las instituciones sanitarias.
La Disposición Transitoria 3ª donde se establecen las vías transitorias de acceso al título de especialista para quienes estén colegiados para el ejercicio profesional.
La Disposición Transitoria 4ª donde se establecen las vías transitorias de acceso al título de especialista para el personal docente.
El periodo de seis meses que dispondrán los químicos para solicitar un único título de especialista, de los cuatro posibles, por las vías 2ª, 3ª y 4ª es amplio, pero sólo comenzará a contar a partir de la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la comentada Orden Ministerial. Paciencia, ya queda poco.
Los únicos químicos que de forma inmediata, sin esperar más, pueden solicitar el Título de Especialista, son aquellos que utilicen la Disposición Transitoria 1ª donde se establece el acceso directo al título de especialista por quienes hayan obtenido plaza formativa en convocatorias de pruebas nacionales de carácter selectivo anteriores al RD 1163/2002, es decir aquellos que hayan realizado su formación a través de la Residencia (vía
QIR). Para ello, deberán presentar una solicitud en el Ministerio de Educación (Serrano 140) dirigido al Secretario de Estado de Universidades, adjuntando fotocopias del DNI y del Título de Licenciado exclusivamente. Las compulsas se realizarán en el mismo registro donde se entregue la instancia.
No existe por parte del Ministerio del Educación, Cultura y Deporte un modelo de instancia y, por ello, desde la Vocalía y la Sección Técnica de Química Sanitaria del Colegio y de la Asociación de Químicos de Madrid se ha redactado un modelo que podrá usarse para estos menesteres y que se encontrará disponible en papel en la sede institucional
(Lagasca 27-1º) así como en formato electrónico desde la cual puede ser descargada. El resto deberá esperar un poco más. De todas formas, toda la información disponible sobre este tema se irá colgando periódicamente en la página web.
Dr. Juan José Álvarez Millán
|