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Sección Técnica de Prevención de Riesgos Laborales
Legislación de interés
Nuevo convenio colectivo de los servicios de prevención ajenos.
Por Pablo Palacios Valencia, Licenciado en Ciencias Químicas y Técnico Superior en Prevención de Riesgos Laborales
El Real Decreto 688/2005, de 10 de
junio, por el que se regula el régimen de funcionamiento de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social como servicio de prevención ajeno, establece la obligación que tienen las mutuas de segregar su actividad como servicio de prevención ajeno. Esta imposición legal ha traído como consecuencia la creación de unas nuevas sociedades mercantiles denominadas sociedades de prevención.
En estas circunstancias se ha creído conveniente, tanto por parte de la patronal de los servicios de prevención ajenos, como de la representación de los trabajadores, la elaboración de un nuevo convenio colectivo que abarque a todas las empresas del sector, incluidas las nuevas sociedades de prevención.
Aunque a día de hoy no se ha creado la mesa de negociación del nuevo convenio colectivo del sector, se han venido produciendo reuniones entre la patronal
(ASPA, ANEPA y ASPREM) y la representación de los trabajadores
(UGT y CCOO). En las mismas se han presentado los puntos de partida de ambas partes, que difieren en gran medida, ya que la patronal, a excepción de ASPREM, es partidaria que el nuevo convenio se ajuste al que actualmente tienen la mayoría de los servicios de prevención ajenos que no es otro que el Oficinas y Despachos. Por parte de ASPREM y la representación de los trabajadores, se aboga por que el nuevo convenio colectivo sea similar al que actualmente tienen las mutuas, este último mas acorde con la realidad de la prevención en comparación con el de Oficinas y Despachos

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