Ir a la página del Colegio de Químicos

Colegio y Asociación de Químicos de Madrid

Ir a la página del Colegio de Químicos
Portada > ActividadesOlimpiada Química

Mapa de la web

Olimpiada Química

Legislación de interés

El 26 de noviembre de 1992 el Ministerio de Educación y Ciencia dicta la orden  ("Boletín Oficial del Estado" de 10 de diciembre),  por la que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de actividades de formación permanente del profesorado y se establece la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones universitarias, establece que se podrán reconocer como actividades de innovación las realizadas por uno o más profesores con alumnos u otros estamentos de la comunidad educativa, siempre que por sus características especiales sean aprobadas por la Administración, de acuerdo con la normativa que se establezca.

Esta orden es desarrollada en  la Resolución de 27 de abril de 1994 ("Boletín Oficial del Estado" de 25 de mayo), de la Secretaría de Estado de Educación y establece el procedimiento para reconocer las actividades de innovación realizadas con alumnos.

Por último la Secretaría de Estado de Educación publica La resolución 26073  de 8 de noviembre de 1995,  por la que se establece el reconocimiento y certificación de las actividades de innovación realizadas con alumnos, consistentes en la participación en la Olimpiadas Nacionales e Internacionales de Física, Química y Matemáticas.

Resolución 26073 de 8 de Noviembre de 1995 de la Secretaria de Estado de Educación:

Primero.- Las actividades realizadas por funcionarios docentes que imparten enseñanzas medias previas a las universitarias, dirigidas a la preparación de alumnos que habiendo participado en las fases local y nacional de las Olimpíadas de Física, Química y Matemáticas, hubieran resultado seleccionados respectivamente para las Olimpíadas Nacionales e Internacionales de Física, Química y Matemáticas, serán consideradas como de innovación realizadas con alumnos, a las que se refiere el último párrafo del apartado sexto, punto tercero, de la Orden de 26 de noviembre de 1992. 

Segundo.- El reconocimiento y la asignación de los créditos corresponderá a la Comisión señalada en la Instrucción primera de la Resolución de esta Secretaría de Estado de 27 de abril de 1994, actuando como Secretario un funcionario de la Dirección Provincial responsable de actividades de alumnos. 

Una vez realizado el reconocimiento y la asignación de los créditos, la Dirección Provincial expedirá el documento que figura como anexo 1 de la mencionada Resolución. 

Tercero.- Dicha Comisión adjudicará un crédito de formación al profesor que haya realizado las tareas de preparación de los alumnos que se hayan clasificado para la fase nacional de las Olimpíadas, y asimismo, concederá otro crédito de formación, acumulaba con el anterior, al profesor que haya realizado las tareas de preparación con aquellos alumnos que finalmente resultaran seleccionados para representar a España en las Olimpiadas Internacionales. 

El interesado deberá aportar certificación expedida por las Reales Sociedades Españolas de Física, Química o Matemáticas que le acredite como preparador de un alumno que haya resultado seleccionado. 

Madrid, 8 de noviembre de 1995.- 

El Secretario de Estado de Educación, Álvaro Marchesi Ullastres. 

 En la actualidad, existen convenios de colaboración suscritos entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las Reales Sociedades Españolas de Física, Química y Matemáticas, con el fin de regular la participación española en las Olimpíadas Internacionales de Física, Química y Matemática. Para la selección de los participantes en estas Olimpíadas Internacionales es precisa la celebración de una fase local y de una fase nacional, lo cual conlleva la preparación específica de los alumnos por parte del personal docente. 

 

Olimpiada 2008
Presentación
Historia
Fase Local
Fase Nacional
Fase Internacional
Fase Iberoamericana
Resultados