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Olimpiada Química
Legislación
El 26 de noviembre de 1992 el Ministerio de Educación y Ciencia
dicta la orden (BOE de 10 de diciembre), por la
que se regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro
de actividades de formación permanente del profesorado y se establece
la equivalencia de las actividades de investigación y de las titulaciones
universitarias, establece que se podrán reconocer como actividades
de innovación las realizadas por uno o más profesores con
alumnos u otros estamentos de la comunidad educativa, siempre que por sus
características especiales sean aprobadas por la Administración,
de acuerdo con la normativa que se establezca.
Esta orden es desarrollada en la Resolución de 27 de abril de 1994
(BOE de 25 de mayo de 1994), de la Secretaría de Estado de
Educación y establece el procedimiento para reconocer las actividades de innovación
realizadas con alumnos.
Por último la Secretaría
de Estado de Educación publica la Resolución
de 8 de noviembre de
1995, (BOE 2/12/1995)
por la que se establece el reconocimiento
y certificación de las actividades de innovación realizadas
con alumnos, consistentes en la participación en la Olimpiadas Nacionales
e Internacionales de Física, Química y Matemáticas.
En la actualidad, existen convenios de colaboración suscritos
entre el Ministerio de Educación y Ciencia y las Reales Sociedades
Españolas de Física, Química y Matemáticas,
con el fin de regular la participación española en las Olimpíadas
Internacionales de Física, Química y Matemática. Para
la selección de los participantes en estas Olimpíadas Internacionales
es precisa la celebración de una fase local y de una fase nacional,
lo cual conlleva la preparación específica de los alumnos
por parte del personal docente.
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